Por ello, no solo es importante que la sentencia reivindique el criterio de ‘realidad económica’ que ya fuera seguido por la CSJN en el pasado, sino también que no deje lugar a dudas respecto de la vigencia que el mismo tiene al citar uno de estos fallos históricos (Parke Davis, 1973).
Arístides Corti, abogado, docente e investigador especializado en temas tributarios, estaría probablemente festejando esta victoria de una doctrina que fue y continúa siendo fuertemente resistida en el ámbito local, pero cuya incontrastable realidad no puede más que resurgir en casos como el de Molinos Río de la Plata.
Otro resultado en el caso Molinos hubiera implicado negar lo evidente: que la estrategia había sido la de aprovechar un régimen promocional en conjunto con un convenio suscripto para evitar la doble imposición para no pagar impuestos, es decir, para lograr “la doble NO imposición“.
RENOVADAS HERRAMIENTAS DE FISCALIZACIÓN
El fallo de la Corte Suprema en el caso Molinos, por tanto, brinda renovadas fuerzas y herramientas argumentativas, al sumarse a la jurisprudencia existente, para combatir la erosión de la base fiscal posibilitada por planificaciones fiscales agresivas. La decisión restringe y fortalece la capacidad de fiscalización y control contra esos mecanismos que, amparándose en el arbitraje entre las normas y regímenes promocionales de distintos países, permite reducir al mínimo la carga tributaria de las empresas a partir de estrategias como la conocida como del “treaty shopping” (la búsqueda de la red de convenios que le permitan a un grupo económico realizar el arbitraje de manera más eficiente).
Hoy, la AFIP profundiza el trabajo para abordar esa problemática. Desarticular anticipadamente la evasión tributaria de quienes con el apoyo de facilitadores y promotores de planificaciones fiscales agresivas, son más exitosos en ese treaty shopping y arbitraje entre normas de distintas jurisdicciones es una herramienta que disponen la administración tributaria para contribuir a la equidad tributaria.
Para eso, desde las distintas áreas de la AFIP nos propusimos desde diciembre de 2019 aumentar la red de convenios para el intercambio de información y explotar la información que proviene del intercambio automático de información internacional. Entre las bases que comenzaron a trabajar activamente figura la información de cuentas financieras (CRS), los informes país por país (CBC) de los grupos multinacionales que facturan más de 750 millones de euros y los tax rulings (decisiones vinculantes, entre las cuales se encuentran las relativas al aprovechamiento de regímenes tributarios especiales) compartidos espontáneamente entre jurisdicciones.
Estos últimos dos tipos de intercambio forman parte del estándar mínimo acordado en las discusiones llevadas adelante entre 2013 y 2015 en el marco del Plan de Acción BEPS del G20/OCDE, en las cuales Argentina participó en forma activa y comprometida.
LA LUCHA CONTRA LAS PRÁCTICAS ELUSIVAS: UN ENORME DESAFÍO
Sin embargo, dicha información no rinde ningún fruto por si sola. Los datos que recibe la AFIP son útiles en la medida en que su explotación se combine con la de los regímenes de información locales. A lo largo de los últimos 20 meses fortalecimos la información provista en las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales con nuevas herramientas. Las principales innovaciones que refuerzan la capacidad de fiscalización son el régimen de información de precios de transferencia (RG 4717/2020, y su formulario F.2668), el régimen de participaciones y beneficiarios finales (RG 4697/2020), el régimen de beneficiarios finales de fideicomisos (RG 4878/2020 y su modificatoria), y la información anticipada que brinda el régimen de información de planificaciones fiscales (RG 4838/2020).
En este sentido, la gestión de Mercedes Marcó del Pont estableció como uno de sus ejes transversales la fiscalidad internacional y el abordaje de las planificaciones fiscales abusivas. Para eso nos enfocamos en lograr una mejora continua en la calidad de la información y el aprovechamiento de la misma, producto no solo de los convenios bilaterales y multilaterales sino también del cruce de datos de regímenes de información que nos permiten detectar posibles maniobras evasivas o elusivas.
En este sentido, se creó un área específica para abordar los desafíos que presentan en materia de fiscalización internacional los grupos económicos y las grandes fortunas. El objetivo del área es analizar estás operaciones sin perder de vista el conjunto económico dentro del cual se desarrollan las operaciones, y las distintas filiales locales que participan de ello.
La lucha contra las prácticas elusivas conlleva un desafío enorme para cualquier administración tributaria. Sin embargo, si al momento de haber sido realizada por Molinos Rio de la Plata se hubiera obtenido información de estos tax rulings, de los informes país por país, o se hubiese tenido el actual régimen de planificaciones fiscales, la administración tributaria habría podido detectar de forma temprana dicha maniobra.
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