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Justicia Fiscal

PERÚ: nueva ley sobre beneficiarios finales es insuficiente

Representante de Latindadd estima que nueva legislación ayudará en la lucha contra la evasión y elusión fiscal y plantea aplicación de más medidas para transparentar acciones.

El ministerio de Economía y Finanzas peruano aprobó el reglamento decreto legislativo N°1372 que obliga a informar la identidad de las personas que poseen o controlan empresas, denominados beneficiarios finales.

De acuerdo al texto de la norma peruana, el beneficiario final es definido como “la persona natural que efectivamente posee o controla personas jurídicas o entes jurídicos”. Quienes estén dentro de esta categoría están obligados a presentar la declaración de beneficiario final de las personas jurídicas domiciliadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta en el país o entes jurídicos constituidos en el país.

MEDIDAS SON INSUFICIENTES
Luis Moreno, coordinador del área de Justicia Fiscal de la Red Latinoamericana por Justicia Económica y Social (Latindadd), comentó que la medida adoptada por el gobierno de Martín Vizcarra es positiva porque ayudará en la lucha contra la evasión y elusión tributaria, ya que crea legislación sobre algo que no estaba regulado. “Es una medida positiva pues dará luz sobre la ruta del ocultamiento de información tributaria”, explicó.

“Es importante saber quién está detrás de cada empresa, de cada fideicomiso, de cada ente jurídico. Esta es una medida que avanza en la lucha por la justicia fiscal y la transparencia y va en la línea de lo que están haciendo otros países de la región. Como organización de la sociedad civil consideramos que es un paso importante, pero insuficiente pues aún es necesario contar con registros públicos de beneficiarios finales, para colaborar al escrutinio de la ciudadanía en general”, estimó Moreno.

También mencionó que el carácter privado de la información que tendrá la administración tributaria podría ser usada como una herramienta de control político, por lo que recalcó la necesidad de que el padrón sea de acceso público. “No toda la información que se publique será toda la información recabada, ese es un paso necesario. Puede haber un uso político de la información para atacar a opositores o beneficiar a quienes estén en el gobierno”.

Junto a la necesidad de contar con un registro público de beneficiarios finales, el representante de Latindadd señaló que esta medida debe ir de la mano con otras más que recomienda la sociedad civil global que trabaja e investiga sobre temas tributarios y de fiscalidad, como el Reporte Público país por país de las empresas; el Intercambio automático de información tributaria entre países; así como la eliminación del secreto bancario y la lucha contra los paraísos fiscales.

RECOMENDACIONES TÉCNICAS
Durante el Séptimo Encuentro Regional de Tributación Internacional, organizado por Latindadd y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) se abordó el tema del beneficiario final, y en las conclusiones del encuentro se mencionó lo siguiente:

RECOMENDACIONES TÉCNICAS
Algunas propuestas para implementar efectivamente una norma de
beneficiario final.
• Desarrollar procesos o mecanismos que hagan uso del intercambio de
información, para validar la información autodeclarada.
• Aplicación de criterios basados en la evaluación de la “sustancia sobre
forma”.
• Establecer criterios complementarios para la definición de beneficio final,
como por ejemplo:
o Poder de veto
o Porcentaje de participación
• Hacen falta criterios y procedimientos para facilitar la tarea de demostrar en ciertos casos complejos, quien en efecto el beneficiario final.
• El contar con umbrales –por ejemplo, de participaciones societarias- puede ser orientativo, pero podría facilitar la elusión de las normas. Es necesario desarrollar normas que permitan evaluar cada caso y sus riesgos.

ENLACES DE INTERÉS
Texto del Decreto Legislativo que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales

Reglamento del Decreto Legislativo N° 1372, que regula la obligación
de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales

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